Bases y condiciones "La Ultima Noche Mágica"

BASES Y CONDICIONES

ACCESO A PRUEBA DE SONIDO “LA ÚLTIMA NOCHE MÁGICA”

  1. Organizador: El concurso sin obligación de compra regido por estas Bases y Condiciones (en adelante, el “Concurso”) es organizado por Universal Music Argentina S.A. (en adelante, el “Organizador”), con domicilio en la calle Jerónimo Salguero 3350, PB, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (en adelante, el “Domicilio del Organizador”), CUIT N° 30-53920694-6.
  2. El Concurso: El Concurso es organizado por el Organizador, con el fin de sortear 20 (veinte) ganadores del premio del Concurso que consistirá en un (1) acceso a la prueba de sonido del show del 20 de agosto de 2024 en Movistar Arena (Humboldt 450, Ciudad Autónoma de Buenos Aires). El Concurso se regirá por estas bases y condiciones (en adelante, las “Bases”), e implica el conocimiento y aceptación de las disposiciones descriptas en estas Bases, como así también el cumplimiento de las políticas de ingreso y derecho de admisión del local en el que se realiza el Evento.
  3. Plazo de vigencia: El Concurso tendrá vigencia desde las 18 horas del 14 de agosto de 2024 hasta las 10 horas del 19 de agosto de 2024 (en adelante, el “Plazo de Vigencia”), no aceptándose en consecuencia reclamos por participaciones posteriores al Plazo de Vigencia.
  4. Ámbito geográfico: El Concurso será válido únicamente en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires.
  5. Concursantes: Podrán participar en el Concurso exclusivamente las personas humanas domiciliadas en el Ámbito Geográfico, que sean mayores de 18 años y que cuenten con una entrada para el Show de Tan Biónica que será realizado en Movistar Arena el 20 de agosto de 2024 en Movistar Arena (Humboldt 450, Ciudad Autónoma de Buenos Aires). Exclusiones: No podrán participar del Concurso las personas jurídicas, las personas humanas domiciliadas fuera del Ámbito Geográfico, el personal, directores y demás autoridades del Organizador, de sus agencias de publicidad y demás personas que el Organizador contrate para proveer cualquier producto o prestar cualquier servicio relacionado con la presente Concurso, así como tampoco los cónyuges y consanguíneos o parientes por afinidad hasta el segundo grado de todos los nombrados anteriormente, sea que lo hagan en nombre propio o de terceros. Asimismo, ninguna persona podrá entrar a la prueba de sonido de “La Última Noche Mágica” (aun habiendo sido ganadora del Concurso) si no cuenta con entrada para ingresar al Show del 20 de agosto de 2024 (la cual no está incluida en el Premio).
  6. Mecánica:

Las personas físicas domiciliadas dentro del Ámbito Geográfico interesadas en participar en el  Concurso podrán hacerlo durante el Plazo de Vigencia, con la compra del vinilo de Tan Biónica “La Última Noche Mágica” a través del sitio www.umusicstore.com.ar.

 

Asimismo, también será posible participar del Concurso posteando en las historias de Instagram una foto en un show de Tan Biónica y/o con algún disco o producto de Merchandising de Tan Biónica y arrobando a @umargentina

Los Concursantes que cumplan con las condiciones previstas en estas Bases y que hayan cumplido con los pasos antes indicados, quedarán automáticamente inscriptos para participar del sorteo, que realizará el Organizador el día 19 de agosto de 2024 a las 12 hs, a través de la plataforma Sorteados.

  1. Comunicación del Ganador: El Ganador serán anunciado en la cuenta oficial de Instagram de Universal Music Argentina (@umargentina) y particularmente por mail al ganador.
  2. Premio:

El Premio consistirá en sortear en un (1) acceso a la prueba de sonido del show del 20 de agosto de 2024 en Movistar Arena (Humboldt 450, Ciudad Autónoma de Buenos Aires). (no incluye entrada al Show ni gastos de traslados). En ningún caso el Premio será canjeable por dinero en efectivo. El Premio será de titularidad exclusiva del Concursante que resulte Ganador, pudiendo el beneficiario, una vez recibido el Premio ceder el mismo.

El Premio no incluye ningún otro pago, prestación, bien o servicio distinto de lo enumerado en estas Bases. El derecho a la asignación del Premio es personal e intransferible por lo que única y exclusivamente podrán ser entregados al Concursante que haya resultado Ganador, que cumpliera con los requisitos detallados en la mecánica de estas Bases.

En caso de que el mensaje enviado por el Organizador no fuera respondido en tiempo y forma por el Ganador, éste perderá automáticamente la condición de tal, sin derecho a reclamo alguno.

  1. Entrega del Premio al Ganador: El ganador deberá presentarse en la dirección del evento (Humboldt 450, Ciudad Autónoma de Buenos Aires) el día 20 de agosto de 2024 donde ingresará por lista de invitados, será obligatorio asistir con documento para validar su identidad y el ticket del show para ese mismo día. El Ganador será contactado por el Organizador para solicitar sus datos personales.
  2. Gastos: Los gastos en que pudieran incurrir los Concursantes en ocasión de o con motivo de su participación en el Concurso y los originados por ser Ganador del Premio -excepto cuando en estas Bases se disponga expresamente lo contrario -, serán a cargo exclusivo de los Concursantes.
  3. Protección de Datos Personales: Los Datos Personales que puedan obtenerse de los Concursantes con motivo o en ocasión de su participación en la presente Concurso serán almacenados en una base de datos para poder administrar y organizar el Concurso. Los Datos Personales de los Concursantes serán tratados en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales N° 25.326. El titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a 6 (seis meses), salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N°25.326. Los Concursantes podrán requerir que dicha información les sea suministrada, actualizada, rectificada, o removida de la base de datos a su pedido. A tales efectos deberán comunicarse a través de las redes sociales de Universal Music Argentina. La provisión de los Datos Personales por parte de los Concursantes es voluntaria, pero es condición previa para participar en el Concurso y los Concursantes serán responsables de toda la información enviada. La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, órgano de control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales. Al momento de facilitar sus Datos Personales, los Concursantes prestan expreso consentimiento para que tales Datos personales puedan ser utilizados por el Organizador con fines publicitarios y de marketing en general, garantizando la confidencialidad, uso y acceso exclusivo a los Datos Personales. Por el solo hecho de participar de la presente Concurso, los Concursantes autorizan al Organizador a utilizar sus Datos obtenidos de acuerdo con las finalidades y de la manera expresada en las presentes Bases.

Quien resulte Ganador autoriza expresamente al Organizador, sin que esto les otorgue derecho a la percepción de suma alguna, a difundir su nombre, datos de identificación, imágenes y voces, ya sean fijas o en movimiento, pudiendo editarlas en caso de considerarlo conveniente, con fines publicitarios y promocionales en la República Argentina, en todos los medios de comunicación electrónicos -incluidos redes sociales (incluyendo sin limitación Facebook, Instagram o Twitter), audiovisuales, gráficos y/u otros ya sea creados o a crearse y en todas las formas que el Organizador disponga, hasta transcurridos tres (3) años de finalizada la el Plazo de Vigencia del Concurso.

  1. Consulta de Bases: Las presentes Bases estarán disponibles y podrán ser consultadas durante el Plazo de Vigencia. 
  2. Indemnidad: El Organizador no garantiza la disponibilidad y continuidad del funcionamiento del Sitio ni el acceso al mismo de los Concursantes, en los aspectos que corresponde a las prestadoras de servicios de Internet o de telefonía móvil en su caso. Los Concursantes eximen expresamente al Organizador de toda responsabilidad por cualquier daño o perjuicio sufrido por ellos o terceros, proveniente de caso fortuito o fuerza mayor, hechos de terceros y/o cualquier responsabilidad que no le resultare imputable en forma directa al Organizador, en ocasión de participar o utilizar el Premio. En este sentido, el Organizador no será responsable por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Concursantes y/o terceros, en su persona o sus bienes, con motivo de o con relación a su participación en el Concurso o por el uso del Premio. Una vez entregado el Premio en las condiciones establecidas en estas Bases, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad por los mismos, no otorgando garantías de ningún tipo - distintas a las legales - respecto del Premio, debiendo el Ganador dirigir cualquier reclamo a sus fabricantes o proveedores. En consecuencia, el Organizador no asumirá responsabilidad alguna por las fallas de origen, funcionamiento o uso del Premio. Tampoco asumirá responsabilidad alguna por fallas en las conexiones de Internet o de telefonía, ni por acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo del Concurso ni por incumplimientos de terceros. Quien resulte Ganador reconoce expresamente que la responsabilidad del Organizador se limita exclusivamente a la entrega del Premio, garantizándose con ello las condiciones indicadas en las presentes Bases, por tanto el favorecido se someterá a la necesidad de cumplimiento de todos los requisitos indicados en las presentes Bases y los que el Organizador pueda indicarle para la entrega del Premio, haciendo sobre el particular la más amplia y expresa renuncia a cualquier derecho o acción de reclamo contra el Organizador.
  3. Aceptación de las Bases: La participación en el Concurso implica la total aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas. Toda conducta abusiva, fraudulenta o contraria a la buena fe, autorizará al Organizador a descalificar del Concurso al Concursante incurso en alguna de dichas conductas siendo cualquier decisión en ese sentido inapelable.
  4. Sin Obligación de Compra: La presente Concurso no implica obligación de compra de producto alguno, más que el cumplimiento de los requisitos enunciados en las presentes Bases.
  5. Modificación o Suspensión del Concurso: El Organizador se reserva el derecho de modificar total o parcialmente las presentes Bases (como ampliar la cantidad de premios ofrecidos y/o el Plazo de Vigencia del Concurso) e incluso de suspender el Concurso, temporaria o definitivamente, cuando se presenten situaciones no imputables al mismo o no previstas en las Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor que lo justifiquen, dando en su caso, la debida comunicación por el mismo medio en que las presentes se han comunicado.
  6. Mecanismos prohibidos: Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el Concurso que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el Concursante, el que podrá asimismo ser descalificado.

La carga incorrecta, incompleta y/o falaz de uno o más de los Datos necesarios para la participación en la presente Concurso hará inválida todas las participaciones que correspondan a ese Concursante.

  1. Probabilidades: La probabilidad de resultar ganador del presente concurso dependerá de la cantidad de participantes correctamente inscriptos durante el período de vigencia. Por ejemplo, si se inscriben 1.000 participantes, cada participante tendrá, en principio, un 0,5%.
  2. Jurisdicción: Ante cualquier controversia que se suscitare entre los Concursantes y el Organizador con relación a el Concurso, los Concursantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los tribunales nacionales ordinarios con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.